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Nuevo reglamento EPI: ¿qué hacer con los que se están usando?

Después de un largo periodo de transición, el nuevo reglamento EPI llega a una de las fechas clave antes de culminar la normativa europea que establece las condiciones de fabricación y comercialización de los equipos de protección individual. Y es que a partir del próximo 21 de abril de 2019 solo se podrán fabricar e introducir prendas en la UE según la nueva normativa.

Pero, ¿qué pasa con los EPI que todavía se comercializan bajo la anterior directiva?, ¿se pueden seguir usando? Hoy te lo explicamos con detalle en Adil.

Transición hacia el nuevo reglamento EPI

Los objetivos de la normativa, las nuevas categorías de riesgo o las fechas de las diferentes etapas para su puesta en marcha, fueron algunos de los aspectos que ya te explicamos del nuevo reglamento europeo sobre los EPI.

Así, en 2016 se publicaba el Reglamento (UE) 2016/425 que derogaba la Directiva 89/686/CEE, pero en el que se establecía un periodo transitorio hasta su total entrada en vigor y aplicación. ¿Qué implica la llegada del 21 de abril de 2019?

21 de abril de 2019: fin de la posibilidad de introducir EPI según la antigua normativa

En el apartado 1 del artículo 47 del nuevo reglamento se establece que “los Estados miembros no impedirán la comercialización de productos a los que se aplique la Directiva 89/686/CEE que sean conformes con ella y se hayan introducido en el mercado antes del 21 de abril de 2019”. De esta forma, no será posible ni fabricar ni introducir EPI en el mercado de acuerdo con la antigua directiva a partir de dicha fecha.

Equipos de protección individual.

¿Qué pasa entonces con los antiguos EPI? ¿Cuáles podrán comercializarse hasta que el 21 de abril de 2023 culmine la validez de los certificados CE de Tipo de la anterior Directiva?

  • Los EPI de categoría I, II y III: solo podrán introducirse en el mercado a partir del 21 de abril de 2019 EPI de acuerdo con el nuevo reglamento. Sin embargo, podrán comercializarse tanto EPI de acuerdo a la anterior directiva como de acuerdo a nuevo reglamento.
  • Los EPI que pasan de categoría II a categoría III: solo podrán introducirse en el mercado de acuerdo con el nuevo reglamento como categoría III. Su comercialización hasta 2023 será posible de acuerdo tanto con la antigua directiva como categoría II, como ya con el nuevo reglamento como categoría III.

¿Pueden seguir usándose los antiguos EPI a partir del 21 de abril de 2019?

El Reglamento (UE) 2016/425 solo regula el diseño y la fabricación de los equipos de protección individual que vayan a comercializarse, por lo que el uso de los antiguos podrá hacerse con total normalidad, siguiendo las directrices del Real Decreto 773/1997.

Además, pese a que en abril de 2023 finaliza la validez de todos los certificados CE de Tipo, es algo que solo afecta a los fabricantes, importadores y distribuidores, ni a usuarios ni a empresarios que los hayan adquirido para sus almacenes.

Marcado CE que afecta al nuevo reglamento EPI.

Así las cosas,  es importante saber que comprar EPI ya sea por el canal tradicional o por venta online, conforme a la anterior directiva, pero que hayan sido puestos en el mercado antes del 21 de abril de 2019, ofrecerá la misma seguridad y confianza que los comercializados bajo el nuevo reglamento EPI. Pero si todavía tienes alguna duda o necesitas conocer más detalles, puedes contactar con nosotros, nuestro servicio de Atención al Cliente estará encantado de ayudarte.

 

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